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Las consecuencias a las que se enfrentaba el Madrid si no se presentaba a la final de Copa del Rey

Una vez que el Real Madrid ha comunicado que no comparece a la rueda de prensa y el entrenamiento oficial, la duda que radica es si mañana no se presentara mañana en el partido. Y estaríamos ante dos escenarios posibles pero sobre los que ahora mismo no hay precedentes. 

La primera sería en el caso de que el Real Madrid anunciara con antelación su retirada de la final. Es decir durante el transcurso de la mañana y horas antes de la disputa del encuentro. Aquí las consecuencias están recogidas específicamente en el artículo 80 del Código Disciplinario y relativo a la incomparecencia a los partidos y la retirada de la competición. 

En el mismo dice que “la incomparecencia de un equipo a un partido oficial o la retirada de la competición, producirán las siguientes consecuencias” y donde además en el caso de una competición “por eliminatorias se considerará perdida para el incomparecido o retirado la fase de que se trate, y si se produjese en el partido final éste se disputará entre el otro finalista y el que fue eliminado por el infractor”. 

Dado este escenario podría darse el caso que pudiera disputarse la final entre el Barcelona y la Real Sociedad, que fue el equipo que cayo eliminado en semifinales. En el punto cuarto además añade que en lo relativo a “Si un club se negare a intervenir …quedará excluido para poder intervenir en el torneo sucesivo, y multa de 6001 a 9.000 euros cuando el equipo se encuentre adscrito a categoría profesional.” En el punto cinco del mismo artículo deja claro que “Se considera como incomparecencia el hecho de no acudir a un compromiso deportivo en la fecha señalada en el calendario oficial o fijada por el órgano competente, ya sea por voluntad dolosa, ya por notoria negligencia”.

Pero dado que este escenario no tiene precedentes, existe el segundo escenario que parte del escenario donde el Real Madrid no comunicara y no se presentase en el Estadio de la Cartuja con el equipo rival, el FC Barcelona, los árbitros y todos los aficionados allí presentes. En este caso podría abrir el escenario de considerarlo como la sanción que prevé el artículo 59 relativo a la sanción de pérdida del encuentro expone que: “En los supuestos en que la infracción cometida lleve aparejada la sanción de pérdida del encuentro, se declarará vencedor al oponente con el resultado de tres goles a cero”. 

Además añade que "se considera al oponente como vencedor del partido supondrá que el partido se ha disputado a todos los efectos.”. Y esto implicaría que se proclamaría ganador el Barcelona

La falta de fechas para la disputa de esta nueva final, abriría además este escenario En este caso además, como el escenario contemplado en el artículo 80, el Real Madrid quedaría excluido fuera de la próxima edición de la Copa del Rey. Tendría que ser el juez único de competiciones no profesionales quien tendría que resolver.

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